Párrafo I – Objetivos generales
Art. 1. Definición y objetivo general. La Academia de Debate del Instituto Nacional (en adelante e indistintamente “ADEIN” o “Academia”) es una agrupación de estudiantes y egresados del Instituto Nacional cuyo objetivo general es entregar a los alumnos herramientas básicas para el pensamiento crítico y reflexivo, a través de la discusión y el debate.
Art. 2. Objetivos específicos. Son objetivos específicos los instrumentos esenciales que ADEIN se compromete a realizar, para el cumplimiento de su objetivo general.
Son objetivos específicos de ADEIN:
1) Realizar un programa de clases periódicas y constantes sobre argumentación, y materias auxiliares, disponibles a estudiantes de ambas jornadas del Instituto Nacional.
2) Mantener constantemente espacios de discusión entre alumnos y docentes, con miras a situarlos en posición de defender posturas que, en otras condiciones, no asumirían, respetando la máxima de imparcialidad.
3) Entrenar y fomentar en los alumnos habilidades de razonamiento lógico-formal y lógico informal, así como de exposición oral de dichos razonamientos.
4) Mantener en constante marcha la realización de Torneos orientados a estudiantes primarios y secundarios, tanto Internos como Interescolares.
5) Participar constantemente en torneos organizados por instancias externas al Instituto Nacional.
Art. 3. Incumplimiento prolongado de objetivos. Siempre que en un plazo de un año calendario no se esté dando cumplimiento a dos o más objetivos específicos, cualquier profesor interesado podrá citar a Asamblea General para la reevaluación del propósito de la Academia, sus planes y programas, así como las actividades a realizar.
Art. 4. Máximas. Son máximas del trabajo de ADEIN aquellos valores que deben informar el trabajo de todos sus miembros en las diversas actividades que celebre, y señalan cuál es el óptimo de realización de las mismas. Las máximas integran el concepto que ADEIN entiende por pensamiento crítico.
Son máximas de ADEIN:
1) Máxima de rigurosidad: tanto en su estructura general, en su planificación de actividades y en el desempeño individual de los miembros, la Academia observará la máxima rigurosidad académica e intelectual posible, procurando siempre re evaluar sus contenidos y enseñanzas conforme a los estándares y avances de la ciencia y la técnica. En el proceso de aprendizaje el alumno priorizará la humildad intelectual, dará cuenta de sus limitaciones en el conocimiento, y procurará dar opiniones informadas.
2) Máxima de imparcialidad: en ningún momento la Academia pretenderá favorecer doctrina ideológica, filosófica o religiosa alguna de un modo que ello signifique la exclusión de otras. Los miembros de ADEIN estarán facultados para enseñar y poner en práctica contenidos comprometidos filosóficamente siempre y cuando se explicite su compromiso. La Academia no excluirá temas de discusión o debate por ir en contra de líneas morales personales, salvo aquellas que impliquen contravenir las máximas presentes.
3) Máxima de respeto personal: los miembros de la Academia mantendrán la debida distinción entre una diferencia legítima de opinión y una rivalidad odiosa o diferencia personal. En consecuencia, entenderán por un lado que una diferencia de opinión debe darse en un marco de respeto y discrepancia racionales, no autorizando ellas a descalificar a otros ni a generar ataques personales; y por otro lado, que cuando se manifiesta una diferencia de opinión, ello no significa inmediatamente un ataque personal.
4) Máxima de cooperación: los miembros de ADEIN entienden que toda conversación racional se rige y debe regirse por un principio de cooperación, que entienda la conversación como orientada a la resolución de una disputa por medios racionales, y no sólo como un medio instrumental para obtener la victoria o el beneficio personal. La participación de la Academia en torneos nunca debe priorizar la obtención del triunfo por sobre la calidad argumentativa.
5) Máxima de compromiso: los miembros de ADEIN exhibirán un compromiso de la máxima seriedad con el cumplimiento de las actividades y deberes que les correspondan como miembros de la Academia, aun cuando por ello no reciban remuneración alguna. No se admitirá la falta de retribución como justificación para realizar actividades de forma negligente.
6) Máxima de integración: la Academia entiende que el éxito en la consecución de los objetivos planteados depende fundamentalmente del trabajo en equipo y la colaboración entre los distintos miembros. Los estudiantes de ADEIN privilegian el aprendizaje en conjunto por sobre los reconocimientos personales; los profesores velarán porque sea el trabajo constante y el mérito los que permitan integrar los equipos competitivos, y no la fama de buen orador. En conclusión, los miembros de ADEIN se entienden como una comunidad de aprendizaje mutuo y bidireccional.
7) Máxima de no discriminación: En todo el actuar de la Academia, no se permitirán las diferencias arbitrarias a la hora de efectuar selecciones de todo tipo, especialmente basadas en edad, curso o antigüedad en la Academia.
Art. 5. Símbolos. Son símbolos oficiales de la Academia su nombre, la insignia del Instituto Nacional, la insignia de ADEIN y sus significados y el lema de la Academia.
Párrafo II – Definiciones
Art. 6. Decisión soberana. Cuando en los presentes estatutos se use la expresión “decisión soberana”, u otra semejante, significará que el miembro en cuestión no requiere previa autorización de la Asamblea General, aunque ello no excluye la obligación de dar cuenta de su actuación a dicho organismo.
Art. 7. Participación especial. Se hablará de “participaciones especiales” u otro título semejante, para referirse a actividades fuera del horario de clases de la Academia, que no correspondan a torneos competitivos (foros, charlas, exhibiciones, etc).